Casación No. 344-2003

Sentencia del 17/09/2004

"...Esta Cámara luego del análisis de los argumentos esgrimidos, establece que lo expuesto por el recurrente carece de sustentación ya que la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones, se limitó a no acoger el recurso de apelación especial por motivos de fondo interpuesto por el recurrente, y en tales circunstancias no infringió el artículo... pues fue el Tribunal de Primer Grado quien al tener por probado el hecho que se le imputa al incoado, determinó la relación causal, su participación, efectuó la calificación del delito y le impuso la pena correspondiente. Además lo que pretende el recurrente es que se califique prueba recibida por el Tribunal A quo, facultad que le es vedada tanto al Tribunal Ad quem, como al Tribunal de Casación, dadas las limitaciones establecidas en los artículos 430 y 442 del Código Procesal Penal..."